Resúmen |
CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES. Según Ley 6556. EN CUADROS Y ESQUEMAS<br/>CAPITULO I: LOS EJES DE LA REFORMA:<br/>La Provincia de Corrientes sancionó un nuevo Código Procesal Civil y Comercial. No se trata, aclaremos, de un cómodo y simple remozamiento, vale decir, de una reforma meramente parcial, que consista en la introducción de algunos nuevos institutos que se reputan más modernos y convenientes. Antes bien, lo que se nos presenta es la enmienda de rito más importante y radical de la historia del Taragüi, desde 1588 y hasta la actualidad. En efecto. Sobre la base de tres fuentes, a saber, 1) El Anteproyecto de CPCC para la Nación, autoría de veintiún juristas convocados por el programa Justicia 2020; 2) El Anteproyecto de CPCC para la Provincia de Corrientes, concebido por las Cátedras B y C de Derecho Procesal Civil y Comercial, en representación de la Facultad de Derecho de la UNNE; y 3) El Anteproyecto de CPCC para la Provincia de Corrientes, institucionalmente perteneciente al Superior Tribunal de Justicia, y cuya autoría intelectual correspondía a Gladis E. de Midón; una variopinta comisión redactora, conformada por todas las entidades interesadas en el proceso, públicas y privadas, políticas, sindicales y profesionales, universitarias y académicas , se dio a la tarea de debatir y elaborar, de principio a fin, un nuevo código procesal, acorde a los tiempos y necesidades del siglo XXI y, por lo tanto, que implicará cambios profundos, de métodos, de raíces filosóficas y aún de paradigmas. Así, en el contexto descrito, el presente capítulo tiene por objeto realizar una síntesis metodológica de los ejes de la reforma. Denominación ésa que identifica a todas las ideologías e instituciones flamantemente incorporadas por el nuevo ordenamiento adjetivo; incluidas, también, todas aquellas que, reguladas por el rito anterior, sufrirán -en virtud del nuevo régimen- cambios sustanciales en punto a su reglamentación.<br/>En orden a su codificación, los más sobresalientes son:<br/>I) Fuentes, dimensión y ejes de la enmienda.<br/>II) Título preliminar. Preceptos generales.<br/>III) Libro I. Título 1. Partes y abogados (y no el órgano judicial).<br/>IV) Los deberes de las partes y las sanciones que derivan de su infracción.<br/>V) Poder. Libertad de las formas.<br/>VI) Patrocinante. Actos válidos sin presencia o firma de la parte.<br/>VII) Domicilios. Notificaciones electrónicas.<br/>VIII) Intervención de terceros.<br/>IX) Procesos con sujetos vulnerables.<br/>X) Poderes - deberes del juez, director del proceso.<br/>XI) Sanciones conminatorias y multas.<br/>XII) Competencia. Prórroga. Vías para plantear la incompetencia.<br/>XIII) Recusación sin expresión de causa.<br/>XIV) Hablar claro y en idioma nacional.<br/>XV) Expediente, oficios y notificaciones electrónicas.<br/>XVI) Nulidades procesales<br/>XVII) Revisión de la cosa juzgada.<br/>XVIII) Medidas cautelares. Parte general.<br/>XIX) Medida anticautelar.<br/>XX) Prueba trasladada.<br/>XXI) Documentos electrónicos u otros en soportes distintos al papel.<br/>XXII) Derogación de los institutos de la rebeldía y de la negligencia probatoria.<br/>XXIII) Caducidad de la instancia.<br/>XXIV) Revocatoria de oficio.<br/>XXV) Apelación. Efectos y trámites.<br/>XXVI) Nulidad. Prohibición de la técnica del reenvío.<br/>XXVII) Tipos de procesos.<br/>XXVIII) Excepciones y defensas procesales.<br/>XXIX) Cierre.<br/>CAPITULO II: EFECTOS DE LA LEY PROCESAL EN EL TIEMPO<br/>¿CON RELACION A QUÉ ACTOS Y PROCESOS SE APLICARÁ EL NUEVO CODIGO?<br/>El nuevo ordenamiento ritual entrará en vigencia. Razón por la cual interesa formularse y responder- los siguientes interrogantes: ¿Qué posible incidencia puede tener el nuevo código de rito respecto de los procesos finalizados previo a su entrada en vigencia? ¿Qué sucederá con los procesos pendientes? Es decir, ¿Qué ley deberemos aplicar a los juicios iniciados durante el vigor del rito derogado, pero todavía inconclusos al entrar en vigencia? Finalmente, ¿Qué norma procesal regirá a los procesos que se inicien a partir de la entrada en vigencia, cuando la situación jurídica que conforma el objeto del litigio ha nacido, se ha perfeccionado o desarrollado durante la vigencia del anterior ordenamiento procesal?<br/>Analizamos pues, los diversos supuestos:<br/>I) Normativa.<br/>II) Generalidades.<br/>III) Procesos terminados.<br/>IV) Procesos que se inicien después de la entrada en vigencia del nuevo código.<br/>V) Procesos en trámite.<br/>CAPITULO III - CUADROS Y ESQUEMAS<br/>LEGISLACION: Ley 6556: CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES |